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Riesgo laboral

7 decisiones laborales cotidianas que pueden convertirse en un riesgo jurídico para la empresa

Siete decisiones laborales frecuentes pueden generar indemnizaciones, reintegros o litigios si se toman sin revisar protecciones, autorizaciones y soportes. Una guía preventiva para empresas.

Imagen editorial sobre 7 decisiones laborales cotidianas que pueden convertirse en un riesgo jurídico para la empresa

Decisiones frecuentes que, sin una revisión previa, pueden terminar en indemnizaciones, reintegros, sanciones o litigios.

El riesgo no siempre empieza con una gran equivocación

La mayoría de los conflictos laborales no nacen de una decisión extraordinaria. Con frecuencia comienzan con algo que, en el momento, parece razonable: terminar un contrato porque el trabajador ya no rinde, pedir una renuncia para evitar una indemnización, descontar una deuda de la liquidación o utilizar un contrato de prestación de servicios para simplificar la vinculación.

El problema aparece cuando la decisión se ejecuta sin verificar si existe una protección especial, si se requiere autorización, si el trabajador debe consentir el cambio o si la empresa tiene la prueba necesaria para justificar lo que está haciendo.

Antes de actuar, formule una pregunta sencilla: ¿esta decisión requiere una autorización, un consentimiento o un soporte que hoy la empresa no tiene?

1. Despedir a un trabajador que presenta una condición de salud

Cuando un trabajador presenta una condición de salud que limita de manera relevante el desempeño de sus funciones puede quedar amparado por estabilidad laboral reforzada, aun cuando no exista una discapacidad formalmente certificada.

Las fuentes revisadas para este artículo citan la Sentencia SU-348 de 2022 de la Corte Constitucional y advierten que, en determinados supuestos, una terminación sin autorización previa del Ministerio del Trabajo puede ser discutida judicialmente y generar consecuencias como reintegro, salarios y prestaciones dejados de percibir, además de la indemnización prevista en el artículo 26 de la Ley 361 de 1997.

Señal de alerta: una incapacidad médica no debe analizarse de forma aislada. Antes de terminar el vínculo conviene determinar qué condición de salud existe, si afecta de forma relevante el desempeño, qué conoce la empresa y cuál es la causa real de la decisión.

2. Terminar el contrato de una trabajadora embarazada o en periodo de protección por maternidad

El artículo 239 del Código Sustantivo del Trabajo establece una protección especial frente al despido asociado al embarazo o la lactancia y regula supuestos en los que se requiere autorización previa.

La norma contempla, además, una protección relacionada con el padre cuando su pareja se encuentra embarazada o en el periodo posterior al parto y carece de trabajo formal, en los términos previstos por la legislación.

La decisión empresarial no debería tomarse con base en una lectura informal de la situación. Antes de terminar el contrato es necesario identificar exactamente cuál protección está vigente y qué procedimiento corresponde.

3. Pedir la renuncia como sustituto de un despido

Una renuncia solo produce plenos efectos cuando es libre y voluntaria. Si existe presión, inducción o condicionamiento, el trabajador puede cuestionar posteriormente la validez de esa decisión.

La Sentencia T-064 de 2017, citada en las fuentes de este artículo, muestra el riesgo de utilizar una renuncia en un contexto de especial protección. En ese caso, la Corte Constitucional ordenó el reintegro de un trabajador con estabilidad laboral reforzada que había firmado la renuncia mientras se encontraba incapacitado.

Señal de alerta: “que renuncie para evitar la indemnización” no es una estrategia jurídicamente segura. Si la salida no fue realmente voluntaria, el conflicto puede reaparecer como una terminación atribuible al empleador.

4. Contratar por prestación de servicios a quien, en la práctica, está subordinado

El nombre del contrato no define por sí solo la naturaleza de la relación. Cuando en la práctica existen elementos propios de una relación laboral, especialmente subordinación, puede discutirse la existencia de un contrato realidad.

El artículo 23 del CST exige analizar cómo se ejecuta el vínculo, no solamente cómo fue denominado por las partes. Horarios obligatorios, órdenes permanentes, control directo de la actividad y otras manifestaciones de subordinación son elementos que deben revisarse con cuidado.

La consecuencia puede incluir el reconocimiento de prestaciones sociales, aportes a seguridad social y otras obligaciones derivadas de una relación laboral no reconocida inicialmente.

5. Descontar valores del salario o de la liquidación sin autorización suficiente

Faltantes de caja, préstamos, daños a equipos o elementos de trabajo no devueltos pueden generar una discusión legítima sobre la existencia de una deuda. Sin embargo, eso no autoriza automáticamente al empleador a descontar el valor del salario o de la liquidación final.

Los artículos 59 y 149 a 151 del CST establecen límites y requisitos para efectuar descuentos. Como regla general, la empresa debe verificar si cuenta con autorización escrita y específica del trabajador o con el soporte jurídico correspondiente.

Tener razón sobre la deuda no significa necesariamente tener autorización para descontarla.

6. Cambiar cargo, salario, funciones o lugar de trabajo sin revisar los límites

El empleador tiene facultades de dirección y puede introducir ciertos cambios en la organización del trabajo. Ese poder, conocido como ius variandi, no es ilimitado.

Un cambio puede convertirse en un problema cuando implica una desmejora injustificada, una reducción salarial, una degradación del cargo o la imposición permanente de funciones que desbordan de manera significativa lo pactado.

Antes de modificar condiciones relevantes conviene analizar si el cambio se encuentra dentro de las facultades ordinarias del empleador o si requiere acuerdo del trabajador.

7. Sancionar o despedir poco después de una queja de acoso laboral

El artículo 11 de la Ley 1010 de 2006 establece garantías frente a represalias relacionadas con denuncias de acoso laboral.

Las fuentes consultadas señalan que la Corte Suprema de Justicia ha precisado condiciones para la aplicación de esa garantía. Desde la perspectiva empresarial, la recomendación es clara: una decisión adversa tomada después de una queja debe estar especialmente bien documentada y sustentada en razones objetivas que puedan diferenciarse de cualquier represalia.

Lo que tienen en común estas siete decisiones

Ninguna exige mala intención. Todas pueden surgir de una necesidad operativa real: reducir costos, reorganizar un equipo, corregir un incumplimiento o terminar una relación difícil.

El riesgo aparece cuando la empresa actúa primero y documenta después.

Antes de ejecutar una decisión laboral relevante, revise tres puntos:

  1. ¿Existe una protección especial del trabajador?
  2. ¿La decisión requiere autorización o consentimiento?
  3. ¿La empresa tiene la prueba que necesitaría si mañana tuviera que explicar su actuación ante un juez o una autoridad?

En conclusión

La gestión laboral preventiva no consiste en evitar decisiones difíciles. Consiste en tomarlas con información, procedimiento y soporte documental.

Una revisión previa puede parecer una carga adicional cuando existe presión operativa. Sin embargo, suele ser mucho menos costosa que reconstruir después una decisión que ya fue ejecutada y que ahora debe defenderse en un proceso.

¿Cuántas de estas decisiones se toman hoy en su empresa sin una ruta interna de validación?

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Referencias normativas

  • Código Sustantivo del Trabajo, artículos 23, 59, 62, 149, 150, 151 y 239.
  • Ley 361 de 1997, artículo 26.
  • Ley 1010 de 2006, artículo 11.

Jurisprudencia

  • Corte Constitucional, Sentencia SU-348 de 2022, M.P. Natalia Ángel Cabo, 6 de octubre de 2022. Consultar
  • Corte Constitucional, Sentencia T-064 de 2017, M.P. Luis Guillermo Guerrero Pérez, 3 de febrero de 2017. Consultar
  • Corte Suprema de Justicia, Sala de Descongestión Laboral No. 2, M.P. Santander Rafael Brito Cuadrado, sobre la garantía de no despido del artículo 11 de la Ley 1010 de 2006. El radicado no fue identificado en las fuentes consultadas para el artículo.

Fuentes digitales consultadas

  • Ámbito Jurídico, Autorización para terminar contrato a trabajador amparado por estabilidad laboral. Consultar
  • Ámbito Jurídico, Garantía de no despido para la víctima de acoso laboral requiere verificación de los hechos. Consultar
  • Valdés Abogados, Despido indirecto y renuncia inducida. Consultar
  • Minjusticia, LegalApp, ¿Qué se puede descontar del salario de un trabajador? Consultar
  • Legal Abogados, Ius variandi en Colombia. Consultar
  • Artículo 239 CST, texto consolidado. Consultar

Nota editorial sobre el uso de inteligencia artificial

Este contenido fue elaborado con apoyo de herramientas de inteligencia artificial y sometido a revisión, validación y supervisión jurídica por un abogado experto. Las normas, sentencias y demás fuentes jurídicas citadas fueron verificadas antes de su publicación. La inteligencia artificial no se utilizó como fuente jurídica.